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Sáb19052012

Actualizado19.05.2012 (00:07)

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¿Estamos todos locos? La Justicia anuló una sanción a una estudiante por usar el celular en clase

Convengamos que el principio de autoridad, más allá de buscar un sano y respetable equilibrio, es esencial a la relación entre los docentes y los alumnos. Si cualquier medida puede terminar cuestionada, llegar a la Justicia y hasta dilucidarse en la Suprema Corte Provincial, el sistema educativo en sus bases mínimas de autoridad está en problemas. Ahora, si por un tema tan menor, la Justicia y hasta la Corte, con todos los gastos que esto supone, se incorporó al sistema punitivo escolar, todos los alumnos y los padres se sentirán en el derecho de judicializar todas las sanciones escolares por nimias que puedan ser.


¿Será absurdo pensar que un insulto en el recreo termine con una causa por calumnias e injurias y daño moral?... ¿será absurdo pensar que dos varones que se den un par de piñas en el patio del establecimiento termine en los tribunales con causas penales por agresión y daños?... ¿será absurdo pensar que una expresión de adolescentes molestos del tipo… “te voy a matar”, termine con una denuncia por amenaza de muerte?

Padres y en esta caso, la Justicia, están confundiendo y alentando un “dejar hacer… dejar pasar”, afectando aspectos básicos del respeto, la convivencia y la indispensable autoridad docente educativa.

Lo que sucedió en Colón, Entre Ríos.

La alumna tomó una foto a una compañera para subirla a Facebook. Las autoridades decidieron quitarle su condición de abanderada y debió hacer un trabajo práctico. Sus padres recurrieron a la Justicia, que consideró "excesiva" la medida

La Justicia anuló una sanción a una estudiante por usar el celular en clase

La Justicia entrerriana anuló una sanción disciplinaria que le fue aplicada por un colegio a una alumna de tercer año que usó el celular en horas de clase para subir fotos a Facebook.

La amonestación consistió en la suspensión de la joven de su condición de  abanderada y la obligación de hacer una monografía sobre "uso y mal uso de los medios de comunicación", para ser expuesta ante la rectoría y sus compañeros de curso.

El establecimiento educativo que tomó la medida es el Instituto Niño Jesús, de San José, localidad del departamento de Colón. Pero la sanción que se le impuso no fue aceptada por los padres de la alumna, quienes recurrieron a los tribunales provinciales. La discusión llegó hasta el Superior Tribunal de Justicia, máximo órgano judicial de Entre Ríos, que resolvió que la pena no respetaba el derecho de defensa de la alumna y que era excesiva, por lo que decidió dejar sin efecto la medida impuesta por la escuela y eso encendió la polémica.

"Estoy totalmente en desacuerdo con la medida tomada por el tribunal. Hemos sido desprestigiados durante mucho tiempo en la docencia y lamentablemente estos fallos nos siguen desprestigiando", protestó la directora departamental de Escuelas de Colón, María Elizabeth García de Serpa.

Por su parte, el director de Escuelas de Paraná, Roque Caviglia, también se pronunció en contra de la  la decisión judicial. "Hay una resolución que establece cuáles son las normas éticas que un alumno debe observar para ser abanderado. En este caso, la alumna no las respetó y por eso le quitaron la bandera", afirmó. Pero para Caviglia, "esta resolución de la Justicia afecta la autoridad de la escuela, y cuestiona una resolución del Consejo de Educación, que es muy prolija".

Sin embargo, el juez del Superior Tribunal de Justicia e integrante de la Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal, Carlos Chiara Díaz, dijo que con el presente fallo "no se interfiere en las cuestiones propias de las instituciones", pero que la Justicia debe actuar "cuando se encuentre afectado algún derecho constitucional" como, afirma, efectivamente ocurrió con la alumna entrerriana. Puntualmente, el juez sostuvo que "para aplicar la medida no se tuvo en cuenta el derecho de defensa de la alumna" y cuestionó además "la proporcionalidad de la pena". En otras palabras, consideró que el castigo fue excesivo.

En Entre Ríos, el Consejo General de Educación estableció que las sanciones a los alumnos deben tener carácter educativo y no punitivo, y, mediante una resolución normativa, que debe garantizarse el derecho a réplica de los alumnos sancionados.

Y usted, lector… ¿Qué piensa?